El caso de César Fernández, operario de una planta metalúrgica en La Plata, se convirtió en un fallo emblemático sobre la importancia de la seguridad y respuesta médica en el ámbito laboral.
En noviembre de 2021, tras sufrir un infarto, el trabajador no encontró asistencia en la enfermería de la empresa, lo que obligó a sus compañeros a trasladarlo en un móvil particular hacia el Sanatorio Argentino. Durante el trayecto, su cuadro se agravó irreversiblemente, provocándole una cuadriparesia. Ante esto, la Justicia ordenó una indemnización total de más de 351 millones de pesos al considerar que la ausencia de respuesta oportuna por parte del empleador y la aseguradora empeoró su pronóstico de vida.
La demanda, impulsada por el abogado Matías Martínez, logró demostrar que el contexto laboral y la falta de protocolos de emergencia fueron determinantes en el desenlace trágico. Aunque el tribunal no consideró que el trabajo fuera el origen directo del infarto, sí estableció que el accidente laboral por ocasión ocurrió bajo el control y organización de la empresa, la cual falló en su deber de garantizar la asistencia médica primaria. Para los jueces, el tiempo perdido en el traslado precario fue el factor clave que transformó una crisis de salud en una incapacidad neurológica permanente, marcando la responsabilidad de la ART en la falta de previsión.
La sentencia, que declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos del régimen de riesgos del trabajo, obliga a la aseguradora no solo a abonar la suma millonaria de $351.246.415,17, sino también a garantizar una prestación mensual por gran invalidez para cubrir las necesidades asistenciales del trabajador de por vida. Este fallo expande la interpretación de la protección laboral al estipular que el empleador y la aseguradora deben responder no solo por el daño causal inicial, sino por el agravamiento de las consecuencias dañosas derivado de un entorno de trabajo que no contó con los recursos básicos para gestionar una urgencia vital.

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