27 septiembre, 2026

Las claves ocultas del proyecto que modifica la Carta Orgánica del Banco Central

El informe privado detalla los artículos polémicos de la iniciativa oficial que habilitarían al organismo a apalancarse en el exterior y compensar a acreedores externos.

La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA) es una de las prioridades del Gobierno en el Congreso. En el discurso oficial, se presenta como una iniciativa que impedirá al BCRA financiar al Tesoro Nacional, una práctica señalada como la principal causa de la inflación en períodos anteriores. Sin embargo, un informe privado alertó que el articulado del proyecto plantea la posibilidad de utilizar las reservas internacionales como garantías para endeudarse.

El reporte de la consultora PxQ sostiene que el Gobierno introduce cambios legales que permitirían al Central emplear sus activos externos como garantía para tomar deuda en el mercado internacional, incluso si el fisco no accede por sí mismo a ese financiamiento. Esta alternativa cobra relevancia ante la suba del riesgo país, que en las últimas ruedas superó los 500 puntos básicos. Ante un indicador afectado por la cercación de las elecciones, la caída en la imagen oficial y factores de inestabilidad externa, el análisis anticipó que el Gobierno probablemente no contará con las condiciones necesarias para fondearse en el exterior durante los próximos meses.

A la vez, el informe señaló que la reforma cuenta con un “Caballo de Troya”. En concreto, advierte que el proyecto incluye un mecanismo que habilita al organismo presidido por Santiago Bausili a buscar dólares en plazas internacionales utilizando las reservas brutas como respaldo, un camino por el cual el BCRA ya transitó a través de los BOPREALes y la utilización de reservas de oro para garantizar REPOs.

Reservas como garantías y exenciones impositivas

El artículo 12 del proyecto, que reemplaza al 33 de la carta orgánica vigente, detalla: «Los bienes que integran las reservas son inembargables. El Banco podrá mantener una parte de sus activos externos en depósitos u otras operaciones a interés, en instituciones bancarias del exterior, en oro, en activos financieros líquidos, o en papeles de reconocida solvencia y liquidez pagaderos en oro o en moneda extranjera, pudiendo utilizarlos como garantía en operaciones propias de banca central».

Para PxQ, la declaración de inembargabilidad en una ley local resulta llamativa, ya que las disputas de embargo suelen darse en tribunales extranjeros, por lo que la disposición brindaría cobertura legal a operaciones como REPOs o swaps de monedas. Consultados por este medio, ni fuentes del Ministerio de Economía ni del Banco Central realizaron comentarios al cierre de esta edición.

Por otra parte, los economistas de la consultora resaltaron la modificación del artículo 16, que sustituye el artículo 41 y exime las utilidades del Central del Impuesto a las Ganancias, dándole a sus bienes el mismo tratamiento impositivo que los del Estado nacional. Además, se excluye al organismo de las restricciones sobre contratos financieros internacionales (conocido como grossing up), lo que le permitiría garantizar a los acreedores externos la compensación por eventuales tributos sobre transacciones financieras. Con la derogación de artículos complementarios como el 61 de la Ley 24.156, el Central tampoco estará obligado a emitir opinión previa sobre el impacto de la deuda externa en la balanza de pagos, configurando un esquema para apalancar liquidez internacional.