Un joven de 18 años sufrió una grave lesión en el pie derecho cuando el engranaje de la máquina falló durante una fiesta en 2019. La Justicia determinó que el establecimiento es responsable objetivo del hecho y fijó el monto resarcitorio por los daños físicos, estéticos y morales.
La Justicia bonaerense falló a favor de un hombre que, en agosto de 2019, sufrió una severa lesión en el pie al caer de un toro mecánico en un salón de fiestas ubicado en Mar del Plata. Tras el litigio, el establecimiento fue condenado a indemnizar a la víctima por una suma cercana a los 7 millones de pesos.
El accidente ocurrió durante una celebración nocturna, cuando el joven, identificado como FC y de 18 años en ese momento, decidió subirse a la atracción. Aunque ser arrojado forma parte de la dinámica habitual del entretenimiento, la caída derivó en un accidente grave debido a un funcionamiento deficiente: al descender de la máquina, su pie derecho quedó atrapado en el mecanismo del engranaje.
La situación le provocó una importante pérdida de sangre y requirió su internación de urgencia en el Hospital Privado de la Comunidad, según detalló con documentación médica y probatoria en el expediente judicial difundido por el medio local 0223. Como consecuencia del episodio, el damnificado sufrió secuelas físicas, estéticas y psicológicas, lo que lo impulsó a iniciar una demanda por daños y perjuicios contra los dueños del salón.
El caso quedó bajo la órbita del juez Guillermo Francisco Drees, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de Mar del Plata. El magistrado encuadró el episodio dentro de una relación de consumo, estableciendo que la propietaria del local comercial posee responsabilidad objetiva por los perjuicios sufridos por el consumidor dentro de sus instalaciones.
Si bien las pericias médicas determinaron que la lesión no generó una incapacidad funcional permanente, el juez contempló los costos de los tratamientos necesarios —como las sesiones láser para atender las cicatrices—, los gastos de traslados, la pérdida de vestimenta y las curaciones. Al sumar estos factores junto al rubro por daño moral, se fijó una indemnización total de $6.940.400, a lo cual deberán adicionarse los intereses acumulados desde el año del hecho hasta la actualidad.

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